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En Ecuador, trabajadores/as de los servicios públicos participan en la jornada nacional de protesta

19 Noviembre 2014
Tercera jornada nacional de protesta
Este 19 de noviembre, las afiliadas de la ISP en el país se movilizaron en la tercera jornada nacional de protesta convocada por el Frente Unitario de Trabajadores (FUT), la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE) y un conjunto de organizaciones sociales.

Verónica Montúfar

La plataforma por la que las organizaciones han desarrollado un proceso de unidad y de movilización comprende un conjunto de demandas al Gobierno nacional entre las que se encuentra la búsqueda de una Ley Laboral protectora de todos los trabajadores y trabajadoras sin distinción, una ley de tierras que respete la economía campesina y la oposición a la firma del Tratado Comercial con la Unión Europea.

Específicamente las afiliadas a la ISP – FME-CMP-FEDE-CONASEP-FETMYP-FENOCOPRE-FENASOUPE-FETRALME-FENAJE-CETE-ANTAPS – rechazan la decisión de la Corte Constitucional de viabilizar las enmiendas constitucionales y las nocivas intenciones de Alianza País de implementarlas. De manera particular aquellas relativas a los artículos 229 y 326, que representan el mayor retroceso laboral de la historia del Ecuador.

El régimen de Alianza País, con esta enmienda, desaparece la categoría obreros y obreras del sector público; unifica la fuente de derecho que regula el empleo público en las leyes de la administración pública; pulverizando todos los derechos colectivos; y, excluyendo en adelante a todos quienes trabajan en el sector público del derecho laboral. Este hecho, profundiza la concepción estatutaria y la unilateralidad de la relación laboral en el empleo público, otorgando la supremacía al Estado como empleador.


Régimen Laboral Único

La Corte Constitucional del Ecuador interpretó maniqueamente los mismos principios que la ISP ha planteado desde 2009 como sustento de nuestra propuesta de Régimen Laboral Único en el Sector Público.

El primero, el de igualdad ante la ley, igualando por lo bajo, es decir igualando a cero derechos colectivos a todos los trabajadores del sector público; y profundizando la desigualdad jurídica entre trabajadores públicos con aquellos del sector privado.

El segundo, el principio pro-operario, la Corte asume que el principio de mayor rango es aquel de la carrera administrativa; no aquellos referidos a la libertad sindical, que son parte del bloque de constitucionalidad por ser derechos garantizados por instrumentos internacionales de derechos humanos, asumidos por el Estado ecuatoriano.

Finalmente la Corte plantea que la enmienda a los mencionados artículos no afecta la estructura, ni funciones del Estado; ignorando la afectación al carácter del Estado como empleador.

Las afiliadas ecuatorianas tendrán una reunión este 21 de noviembre para evaluar la jornada y determinar las acciones futuras, entre las que se encuentran la preparación de la visita de la Misión Técnica de OIT al país, como resultado de la sesión de la CAN por el Convenio 98, en el sector público en la 103 Conferencia Internacional del Trabajo.

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