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Tratado vinculante de la ONU sobre empresas y derechos humanos

23 Octubre 2018
Room 20 of UN building
El Grupo de Trabajo Intergubernamental de la ONU sobre Corporaciones Transnacionales y otras Empresas (IGWG) tuvo su cuarta reunión los 15-19 de octubre, para discutir el borrador cero de un instrumento internacional jurídicamente vinculante que regule las actividades de las corporaciones transnacionales y otras empresas con respecto a los derechos humanos.

Hasta la fecha, las empresas han incumplido en general los derechos humanos reglamentados a escala nacional, y más aún las normas internacionales. Como bien sabemos, así sucede en el caso de los derechos humanos de los trabajadores.

Los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos ofrecen un marco importante con el que reclamar reformas a los Gobiernos y su cumplimiento a las empresas. Sin embargo, la mayoría de los Gobiernos no han adoptado Planes de Acción Nacionales para implementar dichos Principios y, aquellos que se han elaborado, carecen de relevancia. Paralelamente, seguimos comprobando cómo las compañías continúan vulnerando los derechos humanos. Un tratado vinculante sobre empresas y derechos humanos fomentará el respeto de los Principios Rectores, no lo obstaculizará.

La ISP, la CSI y los Sindicatos Mundiales han preparado una serie de comentarios al borrador cero del tratado vinculante propuesto, donde encontrarán las disposiciones esenciales, que representarían un enorme avance para asegurar la rendición de cuentas por parte de las empresas a lo largo de las cadenas mundiales de suministro:

  • el requisito de que las empresas adopten y apliquen políticas y procedimientos de diligencia debida en materia de derechos humanos;
  • un fuerte énfasis en el acceso a un recurso judicial efectivo para las víctimas de violaciones de los derechos humanos;
  • una base legal para aplicar la “jurisdicción extraterritorial de la compañía matriz”, lo que permitiría a los trabajadores recurrir a la justicia en el país donde la multinacional tenga su sede; y
  • asistencia legal mutua y cooperación internacional entre los Estados en casos transnacionales.

 Pidierion además que se introduzcan mejoras al borrador, incluyendo:

  • reafirmar el deber de las empresas de respetar los derechos humanos en todas sus operaciones;
  • reconocimiento explícito de la primacía de los derechos humanos sobre los acuerdos comerciales y de inversión;
  • alineación de las disposiciones sobre diligencia debida con los Principios Rectores de la ONU sobre las empresas y los derechos humanos; y
  • creación de un mecanismo internacional firme para garantizar el cumplimiento, que vaya más lejos de los marcos establecidos hasta la fecha para el Tratado.

 

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